Thursday, November 3, 2011

Convocatoria de Movilidad del Alumnado Comenius 2012


El Programa Comenius tiene por objeto reforzar la dimensión europea en el campo de la educación infantil, primaria y secundaria, promoviendo la movilidad y la cooperación entre centros educativos.

La Movilidad de alumnado Comenius es una iniciativa europea para permitir que el alumnado de educación secundaria pueda estudiar durante un período de entre 3 y 10 meses en un centro educativo de otro país europeo, viviendo con una familia. 

Sus objetivos son:
  • ofrecer al alumnado de secundaria experiencias de aprendizaje europeas
  • desarrollar su comprensión sobre la diversidad de culturas y lenguas europeas 
  • ayudarle a adquirir las competencias necesarias para su desarrollo personal 
  • forjar una cooperación sostenible entre los centros participantes y fortalecer la dimensión europea en la educación escolar
Además, la Movilidad de alumnado Comenius también puede ser una valiosa experiencia pedagógica internacional para los docentes que intervienen en la organización y aplicación de la movilidad.

Todos los agentes implicados en la movilidad de alumnado Comenius (centros, alumnos y alumnas, sus familias y las de acogida) deben consultar específicamente la Guía para la movilidad individual de alumnado Comenius cuyo fin es ayudarles a desarrollar la actividad y a garantizar la seguridad y el bienestar de los participantes. En ella se especifican las funciones y responsabilidades, los plazos que deben cumplirse, ofrece orientaciones y facilita modelos de todos los formularios necesarios.

¿Quién puede solicitarla?

La movilidad sólo puede desarrollarse entre centros educativos que participen o hayan participado en una asociación escolar Comenius del Programa de Aprendizaje Permanente o de su precedente Sócrates. Los centros solicitantes deberán tener el acuerdo previo con un centro de la misma asociación y de otro país, que será el centro de acogida del alumnado español que participa en la movilidad. 

Además deberán estar situados en alguno de los países que figuran en el apartado siguiente.

Se recomienda, aunque no es obligatorio, el intercambio recíproco de alumnado entre los centros y las familias de acogida.

Los alumnos y alumnas serán seleccionados por los centros participantes y deberán tener al menos 14 años cumplidos en el momento en que se inicie la movilidad y estar matriculados a tiempo completo en el centro, que debe cumplir todos los requisitos para la participación en la acción.

¿Qué países participan?

En la convocatoria 2012 participarán todos los países incluidos en el Programa de Aprendizaje Permanente, excepto Alemania, Chipre, Irlanda y Reino Unido.

Duración

Mínima: 3 meses por movilidad de cada alumno o alumna
Máximo: un curso escolar (+/- 10 meses)

Guía de solicitud

Los centros educativos españoles interesados en solicitar ayudas para la Movilidad de alumnado Comenius deberán remitir la solicitud por duplicado debidamente cumplimentada, firmada y sellada a la dirección de la Administración educativa que corresponda de las que figuran en el anexo II de la convocatoria.

Las solicitudes deben cumplimentarse en la lengua de trabajo que acuerden los centros asociados, utilizando el formulario correcto.

Por cada solicitud, debe haber como máximo un centro de origen y como mínimo un centro de acogida de un país distinto. Es decir, un mismo centro de origen puede enviar alumnos a uno o más centros de acogida.

Para información más detallada sobre la acción y el procedimiento de solicitud, se puede consultar la Guía del Programa de Aprendizaje Permanente, que se publica todos los años junto con la convocatoria general de propuestas y contiene toda la información administrativa correspondiente al PAP.

Financiación

La ayuda se concede a los centros educativos de origen, responsables de gestionar y distribuir la financiación que contribuirá a cubrir los siguientes gastos:
  • Los costes administrativos generados en el centro que envía alumnos o alumnas
  • Los costes administrativos en el centro de acogida, incluidos los costes de tutoría
  • Los costes de la preparación lingüística del alumnado
  • Los desplazamientos de ida y vuelta del alumnado (incluidos los trayectos nacionales)
  • Una asignación mensual para el alumnado
Además, los costes derivados de la formación obligatoria previa a la movilidad para el alumnado y el profesorado participantes serán asumidos por la Agencia Nacional.

Proceso de selección

El proceso de selección tiene dos fases:
  • Revisión de las candidaturas aplicando los criterios de elegibilidad según lo establecido en la convocatoria nacional. Las candidaturas deberán cumplir todos los criterios de elegibilidad y en ningún caso se aceptará documentación adicional con registro de entrada posterior a la fecha de cierre del plazo correspondiente.
  • Evaluación de las candidaturas, que será realizada por expertos y conforme a los siguientes criterios establecidos en la Guía del Programa de Aprendizaje Permanente (PAP):
    • a) La calidad del programa de movilidad.
    • b) Las medidas establecidas por los centros educativos para garantizar el apoyo necesario al alumnado, a las familias de acogida y al profesorado implicado.
    • c) El impacto y los beneficios de la cooperación europea para todas las partes implicadas.
La calificación de la calidad de las solicitudes se realiza según unos criterios y baremos idénticos para todas las solicitudes europeas.

Publicación y notificación de las ayudas

Los resultados del proceso de selección se harán públicos en esta página Web, con indicación de las causas de exclusión, en su caso.

Selección del alumnado

El centro de origen será el encargado de seleccionar al alumnado participante una vez que su solicitud haya sido aprobada. Para esta selección se deben seguir los criterios que se describen en el formulario de solicitud y las recomendaciones previstas en la Guía para la movilidad individual de alumnado Comenius.

Profesorado

El centro de origen debe designar al profesorado de contacto y el centro de acogida debe nombrar a un mentor/tutor o tutora responsable de la preparación y el seguimiento de la movilidad.

Acuerdo de estudios

Antes de iniciar la movilidad, los centros de origen y de acogida deben establecer un acuerdo de estudios de manera conjunta con el alumno o alumna, en el que se detallen los cursos que debe seguir durante su período de estancia en el extranjero y sus resultados. Dicho acuerdo tiene por objeto facilitar el reconocimiento por parte del centro de origen de los estudios que el alumno o alumna realice durante su estancia en el extranjero.

Familias de acogida

El centro de acogida seleccionará las familias de acogida y debe asegurarse de que cada una de ellas ha firmado antes de recibir a cualquier alumno o alumna la Carta de familia de acogida, en la que se establecen sus derechos y responsabilidades.

Sesiones de formación

Todo el alumnado seleccionado deberá asistir obligatoriamente a una sesión formativa en España organizada por el OAPEE, antes de su salida y, a su llegada al país de acogida, a otra organizada por la Agencia Nacional del país correspondiente. Las sesiones formativas se celebrarán simultáneamente para alumnado y profesorado implicado, tanto de contacto, como tutores.

Seguro europeo

Durante la estancia en el extranjero el alumnado participante estará cubierto por un seguro europeo, en el que serán inscritos antes de la partida.

Convalidación de estudios

En el caso de que la estancia dure un curso completo, la convalidación de los estudios cursados por el alumnado en el centro de acogida se realizará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria (publicado en el BOE el 17 de febrero) y en la normativa que lo desarrolla.

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